Estatutos
Estatutos a partir del 29/01/2020
§ 1
Nombre, domicilio social y ejercicio
- El nombre de la asociación es Zentrum für Selbstbestimmtes Leben Behinderter e.V. (abreviatura: ZSL e.V.).
- La asociación tiene su sede en Erlangen y está inscrita en el registro de asociaciones.
- El ejercicio financiero es el año natural.
§ 2
Finalidad y objetivos
- Los objetivos de la asociación son representar los intereses de igualdad, autodeterminación y plena participación social de las personas con discapacidad en términos de inclusión. La asociación se opone a cualquier forma de discriminación contra las personas con discapacidad. Esto se refiere a discapacidades o enfermedades crónicas de cualquier tipo. La asociación también tiene entre sus objetivos asesorar y apoyar la vida autodeterminada, en particular organizando la asistencia personal.
La finalidad y los objetivos se alcanzan mediante- La gestión, la representación externa y la autoridad para tomar decisiones dentro de la organización recaen principalmente en personas con discapacidad;
- El asesoramiento, en el sentido de asesoramiento entre iguales, lo proporcionan personas discapacitadas para personas discapacitadas y tiene lugar independientemente de otros servicios.
- La asociación representa los intereses de este grupo de personas con el fin de lograr una vida autodeterminada para las personas discapacitadas en la sociedad y mejorar de forma sostenible sus condiciones de vida. Se opone abiertamente a los desarrollos sociales que ponen en peligro el derecho a la vida.
poner en peligro la vida de las personas discapacitadas. - Los medios para alcanzar estos objetivos son
- Funcionamiento de un centro de asesoramiento para aconsejar a los afectados, a sus familiares y a las instituciones en el sentido del asesoramiento entre iguales e influir en la política y la opinión pública en consecuencia;
- Funcionamiento de una organización de asistencia, principalmente para permitir la vida en la comunidad con la mejor preservación posible de la autodeterminación de los afectados y también para mejorar de forma sostenible la situación de asistencia/cuidados;
- Promover la inclusión de las personas con discapacidad en la vida laboral. La asociación cumple esta tarea a través de su participación en „ACCESS - Inklusion im Arbeitsleben gemeinnützige GmbH“, con sede en Erlangen;
- Promoción de todas las actividades y el desarrollo de proyectos en los sectores social, profesional, político y sanitario, así como en el ámbito de la educación, que sean adecuados para llevar a cabo o apoyar el propósito de acuerdo con el § 2.1;
- Cooperación con otras organizaciones, participación y afiliación a otros organismos y asociaciones con los mismos fines.
- ZSL e.V. está dirigida por empleados a tiempo completo y voluntarios (principalmente personas con discapacidad).
- La asociación no tiene afiliación política ni religiosa.
- La asociación persigue exclusiva y directamente fines no lucrativos y benéficos en el sentido de la sección „Fines fiscalmente privilegiados“ del Código Fiscal alemán en su versión modificada.
- La asociación es una organización sin ánimo de lucro y no persigue principalmente fines económicos propios. Los fondos de la asociación sólo pueden utilizarse para fines estatutarios. Los miembros no recibirán ningún beneficio de los fondos de la asociación. Ningún miembro podrá verse favorecido por gastos ajenos a la finalidad de la asociación ni por remuneraciones desproporcionadamente elevadas.
§ 3
Afiliación
- Solo pueden ser miembros con derecho a voto los discapacitados y los enfermos crónicos en el sentido del artículo 2 SGB IX (a partir del 8 de agosto de 2019) que hayan cumplido 16 años.
- Las personas físicas y jurídicas que apoyan el trabajo de la ZSL e.V. pueden convertirse en miembros de apoyo. Tienen derecho a voz y a presentar mociones, pero no a voto.
- Para afiliarse o convertirse en miembro de apoyo hay que presentar una solicitud al Consejo de la Asociación, que decide sobre la aceptación y el tipo de afiliación.
- La afiliación finaliza cuando
- Fallecimiento del afiliado;
- Dimisión en forma de declaración escrita al Consejo de Asociación;
- Expulsión: La Asamblea General decide la expulsión por mayoría de 2/3 de los miembros presentes con derecho a voto. Por regla general, la expulsión debe pronunciarse en caso de falta grave que perjudique a la asociación. Antes de que se apruebe la resolución, el miembro debe tener la oportunidad de presentar una declaración por escrito en un plazo de 14 días;
- cuotas de afiliación pendientes de dos años automáticamente.
§ 4
Derechos y obligaciones de los afiliados
- Todos los miembros tienen derecho a presentar preguntas a la Junta General (AG) y a debatirlas en pie de igualdad. Las mociones deben presentarse hasta dos semanas antes de la AGM.
- Todos los miembros apoyan a la asociación en la consecución de sus objetivos y promueven los fines recogidos en los estatutos en la medida de sus posibilidades.
§ 5
Cuota de afiliación
- Los miembros de la asociación deben pagar cotizaciones.
- La contribución mínima se determina por resolución de la Junta General.
- La cotización debe abonarse antes del 30 de junio de cada año.
- En excepciones justificadas, el Consejo de Asociación podrá reducir, aplazar o renunciar a las cotizaciones previa solicitud.
§ 6
Órganos de la organización
Los órganos de la asociación son
a. Reunión general;
b. Consejo de Asociación;
c. Consejo de Administración.
§ 7
Junta General (MV)
- Todos los miembros y miembros de apoyo pertenecen a la MV.
- La asamblea general no está abierta al público. En casos particulares, el Consejo de Asociación podrá autorizar la asistencia de personas que no sean miembros.
- La convocatoria de la Asamblea General deberá enviarse por escrito o por correo electrónico, junto con el orden del día, al menos cuatro semanas antes de la fecha de la reunión, a la dirección de los miembros y de los miembros colaboradores notificada por última vez a la Asociación.
- Las mociones de los miembros y de los miembros colaboradores que figuren en el orden del día y que deban someterse a votación deberán presentarse al Consejo de Asociación al menos dos semanas antes de la fecha de la reunión. Las resoluciones sobre modificaciones de los estatutos y la disolución de la Asociación sólo están permitidas si estos puntos han sido anunciados en la convocatoria de conformidad con los estatutos.
- El GM tiene quórum independientemente del número de miembros presentes con derecho a voto. Cada miembro con derecho a voto dispone de un voto. Las votaciones son secretas si así se solicita. No se permite el voto por poder en caso de ausencia de la GM ni el voto por delegación.
- La Junta General Anual es convocada por el Consejo de Asociación:
- al menos una vez al año;
- si los intereses de la asociación así lo exigen;
- si lo solicita por escrito al menos un tercio de los miembros, indicando el motivo.
- El GM decide sobre asuntos fundamentales de la asociación, en particular
- Elección de los miembros del Consejo de Asociación por un período de tres años;
- Elección de dos auditores por tres años que no sean miembros del Consejo de Asociación ni empleados de la Asociación;
- Aprobación de la gestión del Consejo de Administración, del Consejo de Asociación y de los auditores;
- Resolución sobre el importe de las cuotas de afiliación;
- Resolución sobre las mociones a la Junta General de Accionistas;
- Modificación de los estatutos;
- Aprobación de la pertenencia a asociaciones y sociedades;
- Disolución de la asociación.
- Las elecciones y resoluciones requieren mayoría simple de los votos emitidos. Se requiere una mayoría de ⅔ de los miembros presentes y con derecho a voto para modificar los Estatutos y una mayoría de ¾ de los miembros presentes y con derecho a voto para disolver la Asociación.
- Se levantará acta de la reunión, que firmarán dos miembros del Consejo de Asociación y el secretario. Las actas se enviarán a los miembros en un plazo de cuatro semanas. Si no se presentan objeciones al acta por escrito al Consejo de Asociación en un plazo de cuatro semanas a partir de su envío a los miembros, el acta se considerará aprobada. El Consejo de Asociación decidirá sobre las objeciones e informará al respecto en la siguiente Asamblea General.
§ 8
Consejo de Asociación
- Miembros del Consejo de Asociación
- El Consejo de Asociación está compuesto por un mínimo de 3 y un máximo de 5 miembros adultos de la Asociación con derecho a voto.
- Los miembros del Consejo de Asociación no pueden tener una relación laboral directa a tiempo completo con la Asociación. El Consejo de Asociación es elegido por un mandato de 3 años.
- Las personas que trabajan a título honorífico tienen derecho al reembolso de los gastos probados de conformidad con el artículo 670 del Código Civil alemán (BGB). Los miembros del Consejo de la Asociación y otros miembros de la Junta Directiva pueden recibir una compensación por el importe de la asignación honorífica. El importe de la retribución lo decide la Junta General.
- El Consejo de Asociación podrá adoptar un reglamento interno.
- Tareas del Consejo de Asociación
- En consulta con la Junta Directiva, el Consejo de Asociación debate y decide sobre los objetivos y declaraciones fundamentales de la política social y de asociación, en la medida en que ello no sea competencia de la Asamblea General.
- El Consejo de Asociación elige y nombra a los miembros del Comité Ejecutivo.
- El Consejo de Asociación celebra contratos de trabajo con los miembros del Comité Ejecutivo.
- El Consejo de Asociación asesora y supervisa al Consejo Ejecutivo, para lo cual puede recurrir a los servicios de un auditor o de terceros expertos a expensas de la Asociación. El Consejo de Asociación tiene un derecho ilimitado a recibir información del Comité Ejecutivo.
- El Consejo de Asociación decide sobre el plan de actividades de la Asociación que debe presentar el Comité Ejecutivo.
- El Consejo de Asociación aprueba los estados financieros anuales elaborados por el Comité Ejecutivo y, en su caso, auditados por el auditor, decide sobre el tratamiento del resultado anual y decide sobre la propuesta de aprobación de la gestión del Comité Ejecutivo en la Junta General sobre la base de los estados financieros anuales auditados.
- El Consejo de Asociación puede nombrar representantes especiales para determinadas operaciones, de conformidad con el artículo 30 del BGB.
- Resolución del Consejo de Asociación
- Las reuniones ordinarias del Consejo de Asociación se celebran generalmente una vez por trimestre natural. El Consejo de Asociación también podrá convocar reuniones adicionales. Las reuniones del Consejo de Asociación deben ser convocadas por dos de sus miembros con una antelación mínima de dos semanas. Por lo demás, se aplicarán las disposiciones relativas a la convocatoria de la Junta General.
- Los miembros del Consejo Ejecutivo podrán ser invitados a estas reuniones del Consejo de Asociación, en cuyo caso tendrán derecho a proponer mociones y a tomar la palabra.
- Las resoluciones del Consejo de Asociación se aprueban por mayoría simple de los votos emitidos.
- Se levantará acta de las reuniones del Consejo de Asociación, que deberán firmar al menos dos miembros del Consejo de Asociación.
§ 9
Consejo de Administración
- Miembros del Comité Ejecutivo
- El Comité Ejecutivo, de conformidad con el artículo 26 del Código Civil alemán (BGB), está compuesto por uno o varios miembros a tiempo completo del Comité Ejecutivo, que deben corresponder al grupo de personas conforme al artículo 3.1,
salvo que el GM decida excepciones en casos concretos por ⅔ mayoría. Las áreas de negocio y las transacciones que requieren aprobación se determinan en
El Consejo Ejecutivo se rige por un reglamento interno aprobado por el Consejo de Asociación. El Comité Ejecutivo ejerce sus actividades a tiempo completo a cambio de una remuneración adecuada en el marco de un programa de trabajo.
contrato de trabajo. La Junta Directiva debe estar compuesta por igual número de hombres y mujeres, cuando proceda. Si hay varios miembros en la Junta Directiva, la asociación se
al menos dos miembros del Consejo de Administración. - Los miembros del Consejo de Administración son elegidos por el Consejo de Asociación en votaciones separadas.
- La Junta Directiva es elegida por el Consejo de Asociación para un mandato de cuatro años. Permanece en funciones hasta que se nombra una nueva Junta Directiva.
- El Comité Ejecutivo, de conformidad con el artículo 26 del Código Civil alemán (BGB), está compuesto por uno o varios miembros a tiempo completo del Comité Ejecutivo, que deben corresponder al grupo de personas conforme al artículo 3.1,
- Funciones del Comité Ejecutivo
- El Comité Ejecutivo gestiona los asuntos de la organización.
- Es responsable de todos los asuntos que no sean competencia expresa de la Junta General o del Consejo de Asociación.
- El Consejo Ejecutivo representa a la asociación ante los tribunales y fuera de ellos.
§ 10
Resolución
En caso de disolución de la asociación o de cese de su finalidad anterior, el patrimonio restante de la asociación se transferirá a „ACCESS - Inklusion im Arbeitsleben gemeinnützige GmbH“ con sede en Erlangen, que deberá utilizarlo exclusiva y directamente para fines benéficos que sean también fines fiscalmente privilegiados.